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Law

Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía

La Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, establece y actualiza el marco legislativo general de la vivienda en Andalucía. Regula, entre otras materias, la planificación y coordinación con el urbanismo, la vivienda protegida, la rehabilitación, la intermediación inmobiliaria y el régimen sancionador. Para los operadores de VUT, destaca especialmente la prohibición de destinar viviendas protegidas a usos turísticos o de alojamiento temporal, tanto en su totalidad como por habitaciones.

⚠️ Aviso legal: Este artículo tiene carácter informativo. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la consulta con un profesional. Verifique siempre la normativa vigente con un abogado especializado.
Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía — Ley 5/2025, de 16 de diciembre BOJA n.º 247, de 24 de diciembre de 2025 BOE n.º 7, de 8 de enero de 2026 — BOE-A-2026-423 Corrección de errores: BOJA n.º 49, de 12 de marzo de 2026; BOE n.º 72, de 23 de marzo de 2026 Entrada en vigor: 24 de enero de 2026
In force from 2026-01-24
Official source →

La Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía (BOJA n.º 247, de 24 de diciembre de 2025; BOE n.º 7, de 8 de enero de 2026; BOE-A-2026-423) entró en vigor el 24 de enero de 2026. La norma establece y actualiza el marco legislativo general de la vivienda en Andalucía y sustituye diversas normas autonómicas anteriores en materia de vivienda. El texto fue objeto de una corrección de errores publicada en marzo de 2026.

Objeto y alcance

La ley regula el marco de actuación de las Administraciones públicas en materia de vivienda y establece medidas relativas a la planificación, la vivienda protegida, la calidad y rehabilitación del parque residencial, la intermediación inmobiliaria y la protección de las personas consumidoras.

Entre sus principales elementos se encuentran:

  • La coordinación de las políticas de vivienda con el planeamiento territorial y urbanístico.
  • La planificación mediante el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, los planes municipales y supramunicipales y las áreas prioritarias de vivienda.
  • La actualización del régimen jurídico de las viviendas protegidas.
  • Medidas de calidad, sostenibilidad, accesibilidad y rehabilitación del parque residencial.
  • La creación del Registro de Agentes Inmobiliarios Especializados del Sector Residencial de Andalucía, de carácter público, administrativo, gratuito y obligatorio, cuya puesta en funcionamiento requiere el correspondiente desarrollo administrativo.
  • Un régimen de infracciones y sanciones en materia de vivienda y vivienda protegida.

Relación con el alquiler turístico (VUT)

La exposición de motivos reconoce la necesidad de mantener un equilibrio entre el uso residencial y las actividades económicas o turísticas desarrolladas en viviendas. La ley señala además que el alquiler turístico constituye una actividad económica regulada por su legislación sectorial específica.

Para los operadores de VUT, el efecto normativo más directo se encuentra en el régimen de vivienda protegida. El artículo 72 establece expresamente la prohibición de destinar una vivienda protegida a usos turísticos o de alojamiento temporal, total o parcialmente, tanto en su integridad como por habitaciones.

La regulación específica de las VUT continúa correspondiendo principalmente a la normativa turística andaluza. La Ley 5/2025 debe considerarse un marco complementario de vivienda que resulta especialmente relevante cuando una vivienda está sometida a un régimen de protección o cuando las políticas de vivienda y el planeamiento urbanístico afectan al equilibrio entre uso residencial y otros usos.

Relación con el urbanismo

La ley establece la necesidad de coordinación entre las políticas de vivienda y los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico. El artículo 22 regula expresamente esta coordinación y atribuye a la Administración autonómica funciones de informe sobre determinados instrumentos de ordenación urbanística relacionados con el uso residencial.

La Ley 5/2025 modifica además la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, así como su normativa reglamentaria, en materia de reservas y planificación de vivienda protegida.

Relevancia para los operadores de VUT

La Ley 5/2025 no sustituye la normativa turística específica de las VUT. Su relevancia para AML se concentra principalmente en tres ámbitos:

  • Vivienda protegida: prohibición de uso turístico o de alojamiento temporal, total o por habitaciones (art. 72).
  • Urbanismo y vivienda: coordinación de las políticas residenciales con el planeamiento municipal y territorial (art. 22).
  • Administración local: refuerzo de determinadas competencias municipales en materia de vivienda y uso residencial no autorizado.

Nota importante para el seguimiento

Esta ley es un marco general de vivienda y no una norma específica sobre VUT. AML debe monitorizar especialmente su desarrollo reglamentario, la puesta en funcionamiento del Registro de Agentes Inmobiliarios Especializados del Sector Residencial de Andalucía y las modificaciones o instrumentos de planeamiento que puedan afectar al equilibrio entre uso residencial y turístico.