Decree
Empresa Explotadora de VUT — obligaciones, responsabilidades y registro en Andalucía
El Decreto 31/2024 introdujo en Andalucía la figura de la Empresa Explotadora de VUT: persona física o jurídica que gestiona profesionalmente una o más VUT por cuenta del propietario. La empresa explotadora debe registrarse en el Registro de Turismo de Andalucía, es responsable del cumplimiento de todos los requisitos normativos y debe hacer constar su código de inscripción en toda la publicidad, junto al código de cada VUT que gestiona. Esta figura es equivalente al rol de "operator" en AML.
In force from 2024-02-22
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El Decreto 31/2024, de 29 de enero (BOJA n.º 24, 02/02/2024), introdujo en el ordenamiento turístico andaluz la figura de la Empresa Explotadora de Viviendas de Uso Turístico (VUT), como complemento a la figura del propietario titular.
Definición
La empresa explotadora es la persona física o jurídica que, independientemente del título habilitante, asume la explotación y gestión de una o más VUT por cuenta del propietario. Su intervención puede basarse en un contrato de arrendamiento, cesión de uso, mandato de gestión o cualquier otra figura jurídica que atribuya la gestión operativa de la vivienda turística.
Obligaciones de registro
La empresa explotadora debe:
- Registrarse en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) mediante declaración responsable telemática, de forma independiente al registro de cada VUT que gestiona.
- Obtener su propio código de inscripción como empresa explotadora.
- Constar como empresa explotadora en la declaración responsable de cada VUT que gestiona.
Responsabilidad
Una vez registrada como empresa explotadora, esta asume la responsabilidad plena del cumplimiento de todos los requisitos normativos aplicables a las VUT que gestiona, incluyendo:
- Mantenimiento de los requisitos materiales (Decreto 28/2016 y Decreto 31/2024).
- Comunicación de los períodos de funcionamiento antes del 1 de enero de cada año.
- Cumplimiento de la obligación SES.HOSPEDAJES (comunicación de viajeros en 24 horas).
- Correcta identificación en toda la publicidad de las VUT gestionadas.
La empresa explotadora responde frente a la administración turística de las infracciones cometidas en el ejercicio de su actividad, con independencia de la responsabilidad que pueda corresponder al propietario.
Identificación en la publicidad
En toda la publicidad (anuncios en plataformas, web propia, materiales impresos), la empresa explotadora debe hacer constar:
- Su propio código de inscripción como empresa explotadora.
- El código VUT/MA/XXXXX de cada vivienda concreta que anuncia o gestiona.
Relevancia para property managers en AML
Los operadores que gestionan propiedades de terceros en Andalucía a través de la plataforma AML actúan como empresas explotadoras. Deben verificar que disponen de su propio código de inscripción como empresa explotadora en el RTA antes de comenzar a gestionar cualquier VUT ajena, independientemente del código VUT/MA/XXXXX de cada propiedad individual.
Régimen sancionador
La explotación de VUT sin estar inscrito como empresa explotadora cuando se actúa en esa condición constituye una infracción grave según la normativa turística andaluza, con sanciones que pueden alcanzar los 18.000€ en el régimen vigente, y hasta 600.000€ en el régimen previsto por la futura Ley de Turismo Sostenible.