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Reclamación de responsabilidad patrimonial por el NRA — plazo hasta el 8 de junio de 2027

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Reclamación de responsabilidad patrimonial por el NRA — plazo hasta el 8 de junio de 2027

Publicado
Regulation type
Guideline
Source title
Procedimiento de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por los daños derivados del NRA/NRUA declarado nulo por STS 620/2026
Source reference
STS 620/2026, de 19 de mayo (BOE 8 de junio de 2026) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (art. 65-67 — responsabilidad patrimonial) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (art. 32-35) Plazo: 1
Effective date
Fecha de fin
Regulation lifecycle status
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Short summary
Los propietarios y gestores de VUT que soportaron costes derivados del NRA (tasa de 32,73€ por propiedad, gastos de gestión, anuncios bloqueados, reservas perdidas) pueden reclamar daños al Estado por la vía de la responsabilidad patrimonial. El plazo para presentar la reclamación es de un año desde la publicación de la STS 620/2026 en el BOE: hasta el 8 de junio de 2027. La reclamación se presenta ante el Ministerio de Hacienda.
Full summary

La anulación del NRA por la STS 620/2026, publicada en el BOE el 8 de junio de 2026, abre la vía de la responsabilidad patrimonial del Estado para quienes hayan sufrido daños económicos derivados de la aplicación del Real Decreto 1312/2024.

Quién puede reclamar

Puede presentar la reclamación cualquier propietario o gestor de VUT que haya sufrido alguno de los siguientes daños como consecuencia directa del NRA:

  • Pago de la tasa registral de 32,73€ por propiedad para obtener el NRA.
  • Gastos de gestoría, asesoría o traducción derivados del trámite de obtención del NRA.
  • Anuncios bloqueados o retirados de plataformas por falta de NRA.
  • Reservas perdidas durante el período en que el anuncio estuvo bloqueado.
  • Cualquier otro daño económico directamente atribuible a la exigencia del NRA.

Plazo para reclamar

El plazo es de un año desde la publicación de la sentencia en el BOE. Dado que la STS 620/2026 fue publicada el 8 de junio de 2026, el plazo vence el 8 de junio de 2027. Pasada esa fecha, la reclamación prescribe.

Cómo presentar la reclamación

  1. Reunir la documentación de los daños: facturas de tasas abonadas, facturas de gestoría, capturas de anuncios bloqueados, cálculo de reservas perdidas con evidencia documental (calendarios de plataformas, correos de cancelación, etc.).
  2. Redactar el escrito de reclamación: identificación del reclamante, descripción de los hechos, relación de causalidad entre el NRA y los daños sufridos, cuantificación económica de los daños, solicitud de indemnización.
  3. Presentar ante el Ministerio de Hacienda : la reclamación de responsabilidad patrimonial se dirige al órgano competente del Ministerio de Hacienda a través de la sede electrónica del Gobierno de España o por registro presencial.
  4. Esperar resolución: la Administración tiene 6 meses para resolver. Si no hay resolución expresa, se entiende desestimada (silencio negativo), lo que abre la vía contencioso-administrativa.

Perspectiva del sector

Diversas asociaciones del sector del alquiler vacacional han anunciado reclamaciones colectivas. Desde julio 2025 hasta el momento de la sentencia, se presentaron más de 400.000 solicitudes de NRA, de las cuales aproximadamente 80.000 fueron denegadas (20% de rechazo). Cada solicitud costaba 32,73€. Las estimaciones del sector cifran el potencial de reclamación en más de 13 millones de euros en tasas.

Recomendación

Dada la complejidad del procedimiento administrativo y la necesidad de acreditar el nexo causal entre el NRA y los daños concretos, se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho administrativo antes de presentar la reclamación.

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